Santo Domingo.- La
Dirección General de Aduanas (DGA) recordó que, como cada año, el 30 de junio
venció lo que se estableció como el período del “año vehicular” en la
importación de vehículos usados y que, por tanto, desde el primero de julio
solo se permite el ingreso al país de aquellos que tengan cinco años de
fabricación, como máximo, considerando a partir de ahora los de 2014 en
adelante.
Aduanas
hizo la referencia luego que a inicios de junio publicara el aviso oficial en
este sentido, como se hace cada año en las semanas previas al vencimiento del
periodo en cuestión, a fin de que los interesados puedan cumplir con el
requerimiento legal.
La
DGA indicó que la medida es en cumplimiento a lo establecido en el artículo 179
de la Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial, asimismo, al Artículo 2 de la Ley 04-07, de fecha 8 de enero de 2007, que
modifica la Ley 495 de fecha 28 de diciembre de 2006, sobre Rectificación
Fiscal, “que prohíbe la importación de vehículos con más de cinco (5) años de
fabricación comprendidos en las partidas arancelarias número 87.02, 87.03 y en
las subpartidas número 8704.21 y 8704.31”.
Igualmente
recuerda la institución que, de conformidad con la Ley 63-17 y el Decreto
671-02, está prohibida la entrada de vehículos de salvamento (salvage) o que no
estén aptos para circular en el país de procedencia.
Aduanas
refiere que la disposición no aplica a las importaciones de vehículos
consignados a las misiones diplomáticas y consulares u organismos
internacionales acreditados en República Dominicana.

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